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El seguro de Accidentes Personales tiene por objeto la prestación de asistencia médica o la indemnización en caso de accidentes que provoquen la muerte o incapacidad del asegurado. Las coberturas que habitualmente se contratan en este tipo de seguro son: Fallecimiento accidental: La aseguradora abonará a los beneficiarios designados por el tomador o, en su defecto, a los herederos legales, el capital fijado si el asegurado fallece a consecuencia de circunstancias previstas en la póliza.
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